La renuncia: una práctica inaceptable
El propósito de someter a cuatro Ministros de
la Corte Suprema de Justicia y uno de los miembros del Tribunal Superior de
Justicia Electoral a Juicio Político, por mal desempeño de funciones, anunciado
por integrantes de los partidos políticos de mayor representación
parlamentaria, en los últimos tiempos, ha registrado marchas y contramarchas.-
Nada más al inicio de las gestiones, en la
Cámara de Diputados, con la presentación de las propuestas de los libelos
acusatorios, se articularon maniobras destinadas a dilatar o impedir el
progreso del procedimiento de responsabilidad administrativa de los
funcionarios estatales “seleccionados” por los actores políticos, para
someterlos a enjuiciamiento.-
Esas primeras maniobras fueron desbaratadas,
y todo parece indicar que el, o los juicios políticos proyectados se llevaran
delante de modo inmediato, aunque, hasta ahora, la sociedad no ha tenido
noticias ciertas y concretas de las causas reales que motivarán dichos
procesamientos.-
Mientras tanto, la ciudadanía, no ha recibido
información seria y concreta sobre los “cargos” que se atribuyen a los que
fueron seleccionados para el efecto, ni las “virtudes” de quienes – en esta
oportunidad – han sido excluidos de la nómina de “enjuiciables”. Todo se ha
limitado a discursos vacíos de contenido, que se escudan en la alegada
necesidad de renovación del sistema judicial, omitiéndose la presentación de
planes y proyectos.-
Nadie se ha arriesgado a explicarnos como se
producirá la invocada reforma, mediante la sustitución de Nuñez,
Blanco, Garay y Bajac, en la Corte Suprema de
Justicia, y Ramirez Zambonini
en el Tribunal Superior de Justicia Electoral. Tampoco nadie se animó a
informar, como podrían contribuir al proyecto de reforma, la permanencia de
Fretes, Benitez, Pucheta, Bareiro, Torres, en la Corte, Bestard y Wapenka, en la Justicia Electoral.-
La mera alegación de que el proceso de
selección y designación de los sustitutos de quienes serán destituidos, es
insuficiente para sostener el discurso de que el propósito perseguido es el de
renovación del sistema judicial.-
Según el diccionario de la lengua española,
renovar es: “…Hacer como de nuevo algo, o
volverlo a su primer estado; Restablecer o reanudar una relación u otra cosa que
se había interrumpido; Remudar, poner de nuevo o reemplazar algo; Sustituir una
cosa vieja, o que ya ha servido, por otra nueva de la misma clase. Renovar la
cera, la plata; Dar nueva energía a algo, transformarlo…”.-
Entonces, si nos ciñéramos al significado
real de los términos del discurso, ninguna expectativa de mejoramiento del
sistema judicial podríamos albergar, pues, lo que necesita nuestro país no es
volver el Poder Judicial a su “primer estado”, ni restablecerlo, ni sustituirla
por otra de igual clase. Lo que se requiere es un nuevo sistema de justicia,
administrada por Magistrados moral, ética e intelectualmente íntegros, por
Jueces independientes que tengan una visión clara de la misión que les
corresponde en la tarea de dar a cada uno lo suyo, y resolver los conflictos
individuales y sociales, de relevancia jurídica.-
Nada indica, sin embargo, que ese sea el
camino escogido, cuando, la sustitución parcial de los integrantes de la Corte
Suprema de Justicia no va acompañada de actos y gestos encaminados a una
verdadera reforma.-
Los proyectos de modificación de la Ley
Orgánica de la Corte Suprema, de la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados, de
los Código de Procedimiento, del Consejo de la Magistratura y el Jurado de
Enjuiciamiento de Magistrados, y, con un poco de ambición, de la misma
Constitución Nacional, están ausentes del debate. Es decir, pretenden hacernos
creer que con los mismos instrumentos, los futuros nuevos integrantes de los
órganos de dirección del sistema judicial, brindarán distintos resultados.-
Es más remota aún la posibilidad de que el
sistema mejore, cuando el debate se circunscribe en la cantidad de Magistrados
que serán sustituidos, y las viejas prácticas siguen vigente.-
La renuncia presentada por Victo Nuñez, dirigida al Presidente de la Corte, es una demostración
clara y categórica, que las “costumbres” no han cambiado, ni tienen visos de
desterrarse.-
Los miembros de la Corte son designados por
la Cámara de Senadores, por lo tanto, las renuncias de los designados deben ser
presentadas ante ella. La Corte, no tiene atribuciones Constitucionales, ni
legales para aceptarlas o rechazarlas. Pero, el cuestionamiento no se detiene
en el aspecto puramente formal, sino que trasciende al marco administrativo, y
se inscribe en la necesidad de que las inconductas atribuidas a los
enjuiciables, sean objeto de inve3stigación, juzgamiento y eventual sanción.-
No podemos seguir aceptando la vieja práctica
que permite a los funcionarios librarse de toda responsabilidad mediante la presentación
de renuncia ante la inminencia de su juzgamiento y destitución.-
Cientos de casos similares se registran,
podríamos decir, desde siempre, con Jueces sometidos a Enjuiciamiento, que,
ante la advertencia de sus amigos, padrinos políticos o aliados (integrantes
del Jurado de Enjuiciamiento), de la inminencia de su destitución, presentan
renuncia días ante de su remoción, con el propósito de eludir la sentencia
condenatoria.-
En definitiva, la renuncia de Víctor Manuel
Núñez, no es un logro de la sociedad, no es un triunfo de la justicia, sino
apenas, un resultado positivo para quienes – a la luz de los hechos – se han
propuesto llevar adelante la tarea de “renovar” la administración de justicia,
mediante la sencilla aplicación de cambios de carácter cosmético.-
La aceptación de una renuncia, en estas
condiciones, es simplemente, inaceptable.-
Jorge
Rubén Vasconsellos